Panamá. La Asamblea Nacional de Panamá aprobó en tercer debate el Proyecto de Ley 510, una iniciativa que busca tipificar como delito el llamado “fraude de paternidad”, estableciendo sanciones de prisión para quienes oculten deliberadamente la verdadera identidad biológica de un hijo.
La propuesta legislativa contempla penas de entre dos y cinco años de cárcel, además de multas económicas, para los casos en que un hombre sea inducido mediante engaño a reconocer como suyo a un menor sin vínculo biológico. El proyecto también prevé agravantes si el engaño se prolonga durante años o involucra a varios menores.
El diputado Jairo Salazar, impulsor de la normativa, defendió la medida alegando que existe un vacío legal sobre este tipo de situaciones y que la legislación busca ofrecer protección jurídica frente a consecuencias económicas, patrimoniales y emocionales derivadas del engaño.
Tras su aprobación parlamentaria, el proyecto deberá pasar al presidente José Raúl Mulino, quien tendrá la facultad de sancionar o vetar la iniciativa. El debate sobre la ley ha provocado reacciones divididas en Panamá, entre quienes respaldan endurecer las sanciones y quienes consideran que el tema debe resolverse en el ámbito civil y familiar.
