JCE Establece Protocolo Seguridad Recintos Electorales

JCE Establece Protocolo Seguridad Recintos Electorales

El órgano de comicios sostiene que la Policía Militar Electoral podrá delimitar el perímetro de cada recinto electoral así como también, podrá utilizar cintas,  vallas para garantizar la seguridad de los electores y todo el personal electoral.

Santo Domingo. La Junta Central Electoral, tomó una serie de medidas para ser aplicadas durante los comicios de mayo próximo, así como el protocolo bajo el cual la policía electoral hará cumplir las nuevas normas alrededor de los colegios electorales.

“La Policía Militar electoral tiene como rol fundamental garantizar  y ofrecer la seguridad de todo el proceso electoral, es decir que es un cuerpo auxiliar de las autoridades electorales, desde el momento en que el pleno de la Junta Central Electoral por aplicación de lo dispuesto por el Art 20 Numeral 24 de la ley No. 20-23 Orgánica del Régimen Electoral” dice el escrito.

El documento indica que los funcionarios de los colegios electorales son quienes dirigen el proceso de votación y por consiguiente el presidente de cada colegio podrá recurrir la ayuda de la Policía Militar Electoral cuando sea necesario.

En cuanto a los recintos electorales a utilizar en las elecciones, estos serán las escuelas públicas, centros educativos privados universidades públicas y privadas, clubes, y otros establecimientos dispuestos y anunciados por la JCE.

El órgano de comicios sostiene que la Policía Militar Electoral podrá delimitar el perímetro de cada recinto electoral así como también, podrá utilizar cintas,  vallas para garantizar la seguridad de los electores y todo el personal electoral.

De igual manera, todos los equipos a utilizar en las elecciones serán custodiados por la Policía Militar Electoral y parte del personal militar cuidará  la puerta de cada recinto donde se realice el sufragio.

“La Policía Militar electoral tiene como rol fundamental garantizar  y ofrecer la seguridad de todo el proceso electoral, es decir que es un cuerpo auxiliar de las autoridades electorales, desde el momento en que el pleno de la Junta Central Electoral por aplicación de lo dispuesto por el Art 20 Numeral 24 de la ley No. 20-23 Orgánica del Régimen Electoral” dice el escrito.

El documento indica que los funcionarios de los colegios electorales son quienes dirigen el proceso de votación y por consiguiente el presidente de cada colegio podrá recurrir la ayuda de la Policía Militar Electoral cuando sea necesario.

En cuanto a los recintos electorales a utilizar en las elecciones, estos serán las escuelas públicas, centros educativos privados universidades públicas y privadas, clubes, y otros establecimientos dispuestos y anunciados por la JCE.

El órgano de comicios sostiene que la Policía Militar Electoral podrá delimitar el perímetro de cada recinto electoral así como también, podrá utilizar cintas,  vallas para garantizar la seguridad de los electores y todo el personal electoral.

De igual manera, todos los equipos a utilizar en las elecciones serán custodiados por la Policía Militar Electoral y parte del personal militar cuidará  la puerta de cada recinto donde se realice el sufragio.

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