JCE acata Sentencia TSE sobre horario de votación de las Elecciones de este domingo 5 de julio

Santo Domingo, RD.– El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE), encabezado por su Presidente, Magistrado Julio César Castaños Guzmán, acató este sábado en todas sus partes el dispositivo de la Sentencia TSE-699-2020, emitida por el Tribunal Superior Electoral (TSE), en fecha 4 de julio de 2020.

El
comunicado de la Junta Centra Electoral dice lo siguiente:

La Junta Central Electoral hace de público
conocimiento que acata en todas sus partes el dispositivo de la Sentencia
TSE-699-2020 emitida por el Tribunal Superior Electoral (TSE) en fecha 4 de
julio de 2020; al mismo tiempo, y en atención a la indicada decisión, con
respecto al horario de votación que regirá para las elecciones de mañana 5 de
julio de 2020, instruye lo siguiente:

PRIMERO: Ordenar, a fin de garantizar
la transparencia y la integridad del proceso electoral, que a las cinco de la
tarde (5:00 pm) se cierren las puertas de los recintos de votación habilitados,
con el propósito de que no ingrese al recinto ningún elector a partir de esa
hora. En consecuencia:

a)
En caso de que el día cinco (5) de julio de dos mil veinte (2020) a la hora del
cierre de la votación, es decir a las cinco de la tarde (5:00 pm) hubiere
electores en la fila del colegio electoral, el presidente del colegio ordenará
que no se permita a nadie más ingresar a dicha fila, según lo previsto en el artículo
230 de la Ley núm.
15-19;

b)
De inmediato, el presidente del colegio acompañado del segundo vocal y los
delegados acreditados procederá a contar las personas en la fila y a recoger las cédulas de cada una de ellas,
las cuales quedarán en poder del presidente del colegio. Una vez hayan sido
recogidas las cédulas no se permitirá a ningún elector entrar a la fila del
colegio electoral, lo cual deberá ser garantizado por el presidente del colegio
con el auxilio de la Policía Militar Electoral;

c) Los electores cuyas cédulas fueron
recogidas se presentarán a ejercer el sufragio en el mismo orden de la fila,
hasta concluir con el último de ellos.
Todo lo anterior deberá ocurrir en un tiempo objetivamente razonable a la luz
de la práctica electoral nacional y comparada y por la situación de salud que actualmente impera en
República Dominicana”.

PÁRRAFO: En la medida que cada elector
en esta condición se presente por ante el presidente del colegio a ejercer el
sufragio, el funcionario del mismo confirmará la identidad del votante y dirá
en alta voz el número de orden en el padrón a los fines de que los delegados
puedan confirmar que se trata de una persona hábil para votar porque se
encuentra registrada en el padrón del colegio. Cuando el último de los
electores cuya cédula
fue previamente
recogida haya ejercido su derecho al sufragio, el presidente del colegio
electoral declarará cerrada la votación e iniciará el procedimiento de
escrutinio.

En Santo Domingo, Distrito Nacional, a
los cuatro (4) días del mes de julio del año dos mil veinte (2020)”.

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