Santo Domingo. Expertos en derecho y administración advirtieron sobre las irregularidades legales en las que incurre el Ministerio de Interior y Policía (MIP) al emitir resoluciones que restringen derechos fundamentales, sin contar con una ley orgánica que respalde dichas acciones.
El ministerio basa sus decisiones en el decreto 308-06, pese a que la Constitución establece en su artículo 112 que los derechos fundamentales solo pueden ser regulados por leyes orgánicas. Esta situación debilita el marco legal de la institución y la deja sujeta a actuaciones discrecionales.
El abogado penalista Chanel Liranzo y el doctor en Administración Víctor Eddy Mateo denunciaron que estas prácticas, bajo la apariencia de reforzar la seguridad y el orden público, han generado restricciones sin habilitación expresa, lo cual afecta la libertad individual, la actividad empresarial y el derecho al consumo.
Durante la pasada Semana Santa, el MIP emitió la resolución MIP-RR-001-2025 que prohibió el expendio de bebidas alcohólicas el Viernes Santo a nivel nacional. Liranzo señaló que esta medida carece de sustento legal y representa un ejemplo claro de cómo se pueden aplicar restricciones de forma arbitraria.
Otro caso que preocupa es la incautación de bocinas en propiedades privadas. Según Mateo, el tema de ruidos está regulado por la Ley 287-04 y su modificación Ley 90-19, las cuales otorgan esta competencia a una Procuraduría Especializada con apoyo de la Policía Nacional, pero no al ministerio por cuenta propia.
“Se han dado situaciones donde se entran a hogares, se cierran negocios, se retiran muebles de la vía pública y se detienen ciudadanos sin base legal clara. Es una actuación que roza el abuso de poder”, advirtió Mateo.
En la actualidad, Interior y Policía opera bajo un entramado de decretos, resoluciones internas y disposiciones aisladas de otras leyes, como la de Migración (285-04), la Ley de la Policía Nacional (590-16) y la Ley de Armas (631-16), pero carece de una norma integral que defina sus funciones de forma coherente.
Los expertos subrayan que en un Estado de derecho, todo acto de la administración debe sustentarse en la ley. La ausencia de una legislación orgánica para el MIP permite que se consoliden malas prácticas, en perjuicio de los ciudadanos.
