
Por: Bienvenido Ruiz
En el imaginario del pueblo, cuando se habla de seguridad social, inmediatamente lo asocian con el aspecto salud de las personas, de ahí que las debilidades que pueda tener en ese pilar, lo relacionan con el sistema completo y esto opaca la dimensión verdadera que ha tenido la promulgación y practicas de la ley 87-01, que creó el El Sistema Nacional de la Seguridad Social, hace alrededor de 20 años
Sin embargo es mucho más
que salud, es una entidad que ha contribuido en la estabilidad macro económica
del país, la reducción de la pobreza y la desigualdad social, sirviendo como
ente efectivo de distribución de riqueza conjuntamente con una política
económica encaminada en ese sentido por el Estado Dominicano.
El Estado debe planificar
la economía, pero aparecen fenómenos de la naturaleza que perturban el orden o
la planificación establecido, tal como sucedió con el brote infeccioso de
coronavirus, que se inició en china y el cual fue declarado por la Organización
Mundial de la salud como una pandemia, en esa razón el gobierno dominicano, se
vio en la necesidad mediante decreto número 134-20 de fecha 19 de marzo,
declarar el estado de emergencia en todo el territorio nacional. Se adoptaron medidas
de distanciamiento social entre las que se encuentran el cierre de las
operaciones presenciales de todas aquellas empresas que no se dedican a
actividades básicas para la población y la implementación de la distancia;
sectores comerciales e industriales suspendieron total o parcialmente sus
operaciones y por efecto, los contratos de trabajo de una parte o la totalidad
de sus empleados, como medida para evitar la propagación.
En el periodo de
emergencia, para apoyar los diversos sectores económicos y proteger el empleo, los ingresos de los
trabajadores y sus alimentos; El gobierno
facultado por la Ley 397-19, crea con mucho acierto el Fondo de
Asistencia Solidaria al Empleo (FASE), acudiendo a los recursos generados de
las cotizaciones pasadas, acumuladas en el Instituto Dominicano de Prevención y
Protección de Riesgos Laborales (IDOPPRIL), anterior Administradora de Riesgos
Laborales (ARL).
Esos fondos que
resumiendo se le entregan al trabajador suspendido, asciende a la oscilante
suma no menor de RD$5,000.00 ni mayor de RD$ 8,500.00, lo cual es posible
gracias a los ahorros generados vía las cotizaciones pasadas en el Instituto
Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales, uno de los
subsistema del Sistema Dominicano de la Seguridad Social, conjuntamente con los
ahorros acumulados por los trabajadores y empleadores en los Fondos de
Pensiones contenido en el ámbito la Ley No.87-01, del 9 de mayo del año 2001; han constituido una plataforma fundamental
para mantener el crecimiento, el equilibrio económico y el manejo asertivo de
la crisis creada por la pandemia del virus. Además de los servicios de salud
que brinda el sistema, sin lugar a
dudas, gracias a la materialidad económica consustancial al Sistema Dominicano
de la Seguridad Social, el gobierno ha podido, redistribuir la riqueza generada
ahorrada y mantener el equilibrio económico de la nación en el momento más
necesitado.
